miércoles, 25 de enero de 2017

Impuestos que no debe pagar el propietario de un piso en alquiler


Cuando el propietario de un piso lo pone en alquiler y se convierte en arrendador debe tener en cuenta el pago de una serie de impuestos, tasas y abonos que no siempre se tienen en cuenta, pero cuidado, porque no todos los pagos corresponden al propietario.

El Impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP), por el que se cobra el alquiler de la vivienda, ya que la legislación tributaria entiende esto como una adquisición onerosa. Hasta hace unos meses este cargo, que existe desde hace años y cuya reclamación recae en las Comunidades Autónomas, no se solicitaba. Sin embargo, Madrid, envió el pasado año cartas solicitando su reembolso. Este impuesto se paga sólo una vez, independientemente de que el alquiler sea por meses o años, y debe hacerse efectivo en los 30 días posteriores a la firma del contrato.

Las tasas de viviendas de alquiler turístico las establece cada Comunidad Autónoma y, de momento, sólo Cataluña dispone de ella. Según su legislación la tasa, denominada Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, deben recaudarla los propietarios a todos los inquilinos que contraten por un periodo máximo de 31 días.


El IRPF, cuando se alquila una vivienda el propietario debe declararlo en el IRPF y cuando ésta no está arrendada se imputa una renta presunta en la que no se puede deducir ningún gasto. No obstante, puede ocurrir que un propietario tenga, durante el mismo ejercicio, la vivienda alquilada durante unos meses y desocupado otros. En este caso Hacienda sólo deduce al propietario la parte proporcional de los meses en que está ocupada la vivienda mientras que durante el tiempo desocupado no se puede deducir ningún gasto.

Fuente: El Economista

13 comentarios:

  1. Interesante artículo

    ResponderEliminar
  2. Con lo caros que son los alquileres hoy en día y encima tener que pagar impuestos, me parece un abuso.

    ResponderEliminar
  3. El ITP ya lo reclamaban en 2015

    ResponderEliminar
  4. Pronto veremos gente trabajando y viviendo en la calle... a este paso ni vivienda en propiedad ni tampoco alquiler...todo impuestos para mantener un sistema que no devuelve nada a sus ciudadanos

    ResponderEliminar
  5. A todo esto le tienes que sumar el IBI, porque aunque sea el propietario quien lo tiene que pagar, muchas veces se lo intentan colar al inquilino

    ResponderEliminar
  6. ¿Pero el ITP no se paga solamente cuando SE COMPRA LA VIVIENDA? ¿Ahora lo quieren poner para los alquileres también?
    ¡¡¡¡¿Estamos locos o qué?!!!!

    ResponderEliminar
  7. buena información. grcias

    ResponderEliminar
  8. lo reviso porque cero que yo sigo pagando

    ResponderEliminar
  9. me voy a informar como lo tengo yo esto...

    ResponderEliminar
  10. por falta de información, a veces estamos pagando impuestos, comisiones, penalizaciones, etc... que no nos corresponden. siempre es mejor informarse y no dar las cosas por hecho.

    ResponderEliminar
  11. yo revisé esto el año pasado y lo pagabanos nosotros, los inquilinos. también el seguro de la casa del continente etc..
    lo hablamos con la inmobiliaria y sin problemas se cambió. al final el propietario lo que quiere son inquilinos responsables y que paguen religiosamente cada mes.

    ResponderEliminar
  12. es bueno saber esto. gracias

    ResponderEliminar
  13. tengo que revisarlo. hay cosas que pagamos que ni nos enteramos. gracias

    ResponderEliminar