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martes, 17 de enero de 2017

La banca anticipa un "endurecimiento" en la concesión de hipotecas



Los bancos españoles auguran un "cierto endurecimiento" de los créditos para la adquisición de vivienda en este trimestre, a diferencia de lo que prevén que ocurra en el segmento de sociedades y en los préstamos a hogares para consumo y otros fines, que previsiblemente se mantendrán sin cambios.

Así se recoge en la Encuesta sobre Préstamos bancarios en España relativa a enero de 2017, publicada hoy por el Banco de España. Según los resultados de esta encuesta, en el cuarto trimestre de 2016 los criterios de aprobación de préstamos a empresas no variaron en España, mientras que en el segmento de la financiación a las familias para la adquisición de vivienda se apreció un ligero endurecimiento.

En el caso de los préstamos destinados a los hogares para consumo y otros fines se vivió una relajación de la oferta. Además, se redujo la demanda de crédito por parte de sociedades y familias para consumo.


La demanda de crédito de los hogares para adquisición de vivienda se mantuvo sin cambios debido a las mejores perspectivas del mercado y a la mayor confianza de los consumidores, además del descenso en el nivel general de los tipos de interés.

Precisamente, el presidente de la Asociación Hipotecaria Española (AHE), Santos González, explicó a Europa Press que las hipotecas se encarecerán en España en el "corto plazo" tras las sentencias que obligan a las entidades a asumir parte de los gastos en la formalización de los préstamos destinados a la compra de vivienda, que se suma al imperativo de devolver los intereses cobrados de más por las cláusulas suelo.

Fuente: Expansión

viernes, 13 de enero de 2017

Ratifican el primer fallo contra el cobro de comisiones por 'números rojos'


El fallo que el juzgado de lo mercantil 1 de Vitoria dictó en junio de 2016 fue el primero de estas características en España, según la Organización Vasca de Personas Consumidoras (EKA/OCU), promotora de la acción contra el banco vasco, que también anunció que iba a llevar a los tribunales a todas las entidades financieras que continúen cobrando estas comisiones.

Ahora ha sido ratificada por la Audiencia de Álava, aunque todavía no es firme porque Kutxabank ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo.

Según ha informado hoy en un nota de prensa EKA/OCU, la Sección Primera de la Audiencia alavesa ha confirmado la resolución que el pasado junio dictó el juzgado de lo mercantil 1 de Vitoria que obligaba a dicha entidad a dejar de cobrar en todas sus oficinas y a todos sus clientes la comisión de 30 euros.


El juzgado ordenó a la entidad financiera que dejase de cobrar en todas sus oficinas y a todos sus clientes la "comisión por reclamación de posiciones deudoras, vencidas o descubiertos" en los contratos de operaciones de crédito y en los de cuentas corrientes, tanto en los que firme en adelante como en los que Kutxabank tiene en vigor.

Fuente: Expansión

miércoles, 11 de enero de 2017

Cláusulas suelo: así tributará lo que le devuelva el banco

La cantidad indebidamente deducida por compra de vivienda habitual se añadirá a la cuota líquida del ejercicio en el que hubo sentencia o acuerdo.


El criterio que ha seguido hasta ahora Hacienda concierne en su mayoría a los casos de sentencias judiciales, los más abundantes, y a los acuerdos entre banco y cliente. A partir de ahora, se abre una nueva vía, la del sistema "extrajudicial" para que los afectados puedan alcanzar un acuerdo con las entidades en el plazo de tres meses para su devolución, según anunció ayer el ministro de Economía, Luis de Guindos.

Fuentes de Hacienda han indicado que la Agencia Tributaria analizará muy de cerca la deducción por compra de vivienda habitual en el IRPF de la que hayan podido disfrutar los afectados, ya que dicha deducción está relacionada con la cuota hipotecaria que pagaron. Si ahora reciben una parte de lo pagado de más por las cláusulas suelo, la deducción que se aplicaron en su día también debería ser menor y, por tanto, deberían devolver el exceso a Hacienda.


Así, hasta ahora, el criterio de Hacienda ha sido el siguiente: los contribuyentes que se dedujeron de más por compra de vivienda habitual al incorporar las cláusulas suelo en la base de la deducción deben añadir las cantidades indebidamente deducidas a la cuota líquida del IRPF del ejercicio en el que se dicte la sentencia, sumando también los correspondientes intereses de demora. Así lo ha establecido la consulta vinculante de la Dirección de Tributos V2429-16.

Fuente: Expansión