jueves, 14 de diciembre de 2017

La reforma de la ley concursal, a debate

El Congreso insta al Gobierno a presentar en menos de seis meses una propuesta de reforma para reforzar el mecanismo de segunda oportunidad, que permite a las personas físicas una segunda oportunidad, es decir que, a pesar de un fracaso económico empresarial o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida e incluso de arriesgarse a nuevas iniciativas, sin tener que arrastrar indefinidamente una losa de deuda que nunca podrá satisfacer. 
  • La normativa actual remite a la legislación específica para la negociación de aplazamientos y fraccionamientos de las deudas de las personas físicas, como puede ser los autónomos, sin que se contemple diferenciación alguna por haberse acogido al mecanismo de segunda oportunidad.  
  • En una primera fase de negociación entre el deudor y sus acreedores, si no se alcanza un acuerdo, se procede a tramitar la fase judicial. En la práctica, los acuerdos logrados en la fase de negociación resultan muy escasos, lo cual aconseja simplificar el régimen de mayorías requeridas para su aprobación.
  • Actualmente, la liberación de las deudas requiere la consideración de buena fe y el pago de parte de las deudas.
  • El mecanismo queda ahora sin efecto si un particular mejora sustancialmente la situación económica por herencia, legado o donación o juego de azar.
  • También se sugiere bajar de cinco a tres años el plazo de control para pymes y autónomos. Actualmente, la provisionalidad sólo afecta al cumplimiento del plan de pagos sobre las deudas no liberadas o a la concurrencia del supuesto por el que mejorase sustancialmente la situación económica.
  • La dación en pago de la vivienda habitual para los deudores más vulnerables constituiría una de las novedades más relevantes en el sistema concursal para los particulares, manteniendo el derecho a permanecer en su vivienda durante tres años con un alquiler que no superará el 30% de los ingresos de la unidad familiar.
  • Realización de nueva tasación a efectos de ejecución de la vivienda habitual, lo que implicaría la inclusión de un límite, que sería la tasación utilizada al otorgarse el préstamo hipotecario.
  • Previsión de un supuesto excepcional para deudores con dependientes, que supondría la ampliación del mecanismo de segunda oportunidad en los casos en los que el deudor con, al menos, un menor de edad o persona en situación de dependencia a su cargo no pueda cumplir con el plan de pagos de las deudas no liberadas (créditos públicos).
  • Facultar al juez para la concesión de oficio de la liberación de deudas, que puede suponer una garantía adicional para aquellos supuestos en los que el deudor no actúe en el procedimiento asistido de abogado y representado por procurador, pues en tales casos deberá ser el juez quien, de oficio, conceda tal beneficio.
  • Declaración como derechos inembargables de ciertas prestaciones de responsabilidad pública: prestaciones por desempleo en su modalidad no contributiva; prestaciones concedidas por la participación en programas temporales de fomento del empleo; prestaciones familiares de la Seguridad Social; prestaciones de atención a la dependencia; rentas mínimas de inserción de las Comunidades Autónomas; y subvenciones, ayudas y becas concedidas por las Administraciones Públicas de carácter finalista destinadas a compensar gastos realizados.
         Fuente: Expansión


miércoles, 8 de noviembre de 2017

Aenor certifica el sistema de gestión de calidad de Iberdrola y destaca su adaptación al nuevo bono social

Aenor ha certificado el sistema de gestión de calidad de Iberdrola Comercialización de Último Recurso (Ibercur) según la norma ISO 9001:2015 y ha destacado su adaptación al nuevo bono social eléctrico, aprobado por el Gobierno el pasado mes de octubre.


En su informe de auditoría, la entidad de certificación valora la gestión de la comercialización de energía a clientes a precios regulados y la representación de fuentes de energía renovables de la comercializadora de referencia de la energética.

Asimismo, destaca como "punto fuerte" la "respuesta y rapidez" de Iberdrola en atender a los requisitos derivados del RD 897/2017, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección.


A este respecto valora la información a canales de la energética respecto al nuevo bono social eléctrico, así como la adecuación y acceso de la aplicación para la gestión de las solicitudes y la adaptación de la web.

Fuente: Expansión

martes, 17 de octubre de 2017

SEIS ERRORES DE PRESENTACIÓN EN EL MODELO 303 DE IVA PARA LOS AUTÓNOMOS


Abierto el plazo para el tercer trimestre; los más de tres millones de autónomos registrados en el Régimen General de Trabajadores Autónomos (RETA) ponen al día sus cuentas para presentar el modelo 303 de la autoliquidación del IVA. Antes de entrar en materia, has de tener en cuenta que una cifra incorrecta o una casilla en blanco ponen en alerta a Hacienda pero, descuida, no todos los errores cometidos afectan al resultado de la declaración, suponiendo perjuicio para Hacienda y motivo de sanción. Éstos son los errores más comunes y que debes intentar evitar:

1. Introducir datos identificativos erróneos. En algunas ocasiones un DNI o CIF incorrecto ha ocasionado problemas de presentaciones de autoliquidación duplicadas que dan lugar a un gran embrollo.

2. Colocar la cifra de ventas en el tipo impositivo que no corresponde, esto es, aplicarle, por ejemplo el 10% a un producto que tributa al 21%. En este caso concreto, Hacienda, que tiene hasta cuatro años para revisar tus declaraciones, se puede percatar de que devengas menos de lo que corresponde y reclamarte la diferencia que no has declarado.

3. Cuidado con las operaciones intracomunitarias. En este apartado son generalmente dos los errores más frecuentes:

- No declarar las operaciones intracomunitarias en el modelo 303. Por su correspondencia directa con el modelo 349 algunos autónomos olvidan reflejar los ingresos de las facturas emitidas en el modelo 303.
- No declarar los ingresos y gastos de las operaciones intracomunitarias. Ten presente que has de cumplimentar las casillas del IVA emitido y recibido para no alterar el resultado de la autoliquidación.

4. Considerar bienes de inversión como operaciones interiores corrientes. Es importante diferenciar entre los gastos rutinarios de tu actividad y los bienes de inversión, es decir, aquellos medios de explotación de tu negocio que vas a amortizar en los próximos años. Con independencia de que realices una declaración complementaria te aconsejamos aportar la información real a Hacienda en el modelo anual.

5. No regularizar los bienes de inversión en caso de baja de la actividad. Esta es también una equivocación que no debes cometer. Recuerda que si se transmite el bien antes del periodo de cinco años establecido tienes que ajustar el IVA proporcional al tiempo que aún queda por transcurrir.

6. Arrastrar el IVA a compensar de periodos anteriores. Ya en el apartado de resultado tienes la casilla para incluir las cuotas en negativo que son fruto del arrastre de IVA de periodos anteriores. Si es el caso procura reflejarlo ya que el importe que no has incluido resta el resultado.

¿Has cometido algunos de los errores anteriores? Que no cunda el pánico; Hacienda te da una segunda oportunidad para corregir los fallos cometidos. Por ello, la declaración complementaria es un recurso muy utilizado por autónomos y pymes que pretenden regularizar su situación con la Agencia Tributaria. En caso de que tu omisión dé lugar a un resultado en el que Hacienda salga perjudicada la declaración complementaria se presenta como un trámite obligatorio. Dicho trámite puede realizarse en el periodo voluntario o fuera de periodo con su correspondiente recargo.

Por el contrario si eres tú quien ha salido perjudicado con tu falta y has de pagar más de lo que te corresponde, el recurso disponible ya no es la declaración complementaria sino un escrito de rectificación de declaraciones. Mediante su presentación informas a Hacienda de que tu error va en contra de tus intereses.


Fuente: El Economista

Aprobada la Ley de Autónomos


Pleno del Senado aprobó el pasado miércoles 11 de octubre por unanimidad la proposición de Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo.


De esta manera se aprueba de manera definitiva la ley conforme al texto que salió del Congreso de los Diputados, sin incorporar ninguna de las 70 enmiendas presentadas en la Cámara Alta.

Algunas de las medidas contempladas en esta ley son la ampliación de la tarifa plana de 50 euros a un año, que los profesionales autónomos puedan cambiar hasta cuatro veces su base de cotización en un año, que puedan darse de alta y de baja en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social hasta tres veces al año, la posibilidad de compatibilizar el 100% del trabajo por cuenta propia con la pensión y de desgravarse gastos de manutención.

Otros beneficios para los trabajadores por cuenta propia incluidos son la reducción a dos años del plazo de espera para que los autónomos que hayan cesado su actividad puedan volver a disfrutar de la tarifa plana, o la deducción en un 20% de los gastos de suministros, como el agua, la luz, la electricidad y la telefonía, siempre que se trabaje desde casa.

martes, 3 de octubre de 2017

La luz vuelve a subir en septiembre y es un 4,4% más cara que hace un año

El recibo de la luz del pasado mes de septiembre fue 4,4% más caro que el mismo mes del año pasado, según datos del análisis de Facua-Consumidores en Acción. En concreto, con las tarifas PVPC del 1 al 30 del mes pasado, el usuario medio (366 kilovatios hora (kWh) de consumo y 4,4 kW de potencia contratada) pagará 72,08 euros, frente a los 69,01 euros del mismo mes de 2016.

Según la asociación, el precio medio del kWh este septiembre ha sido de 14,45 céntimos (11,36 más el 27,19% de impuestos indirectos), un 7,1% más caro que el mismo mes de 2016. El pasado enero llegó a situarse en 18,75 céntimos (14,74 más impuestos).
La asociación reclama la intervención del sector para que sea el Ejecutivo el que fije periódicamente “una tarifa asequible, dado que el sistema de fijación de precios existente en el mercado de la generación español fomenta la especulación y los abusos”.

Fuente: La Vanguardia

jueves, 21 de septiembre de 2017

Iberdrola se queda la factura de la mayoría de municipios alicantinos por 63 millones

La Diputación de Alicante ha adjudicado el acuerdo marco para el suministro eléctrico de su central de compras, que incluye 117 ayuntamientos y organismos, tras descartar a Gas Natural, Endesa, Aura y Nexus.


La factura de la electricidad de la mayoría de los ayuntamientos de la provincia de Alicante estará en manos de Iberdrola. Dos filiales del grupo que preside Ignacio Sánchez Galán han sido las adjudicatarias del acuerdo marco que gestiona la Diputación de Alicante y que en total supone un contrato valorado en 63,8 millones de euros.

Este acuerdo de suministro eléctrico no sólo incluye al organismo provincial, sino que a través de su central de compras aglutina hasta 117 ayuntamientos y entidades públicas de Alicante que pueden acogerse a las condiciones pactadas en él. El grupo energético se compromete a certificar que el equivalente al 100% de la energía consumida por estas administraciones públicas será producida mediante fuentes renovables.

Iberdrola es el mayor productor eléctrico de la Comunidad Valenciana, aunque la mayoría de esa electricidad se genera en su central nuclear en Cofrentes (Valencia) y en sus plantas de ciclo combinado de Castellón.

Además de Iberdrola, a la licitación se habían presentado otras cuatro ofertas: Gas Natural Servicios, Endesa, Aura Energía y Nexus. Sin embargo, el resto de ofertas fueron desestimadas o excluidas del proceso de contratación por defectos de forma en las ofertas presentadas, como falta de acreditaciones.


Iberdrola se hizo junto a Gas Natural, EDP y la cooperativa de Alginet con el acuerdo marco de la Generalitat Valenciana, valorado en 58 millones al año sin IVA. También el Ayuntamiento de Valencia acaba de sacar a licitación su factura, por 38 millones anuales.

Fuente: Expansión

lunes, 7 de agosto de 2017

BIENVENIDOS A AGOSTO: SUBE LA LUZ, LA GASOLINA Y LA TARIFA MÓVIL

El octavo mes de año ha empezado con un duro golpe al bolsillo. Los que hayan cogido el coche tendrán que pagar más por repostar y la factura de la luz está por las nubes. Por si fuera poco, Movistar ya ha anunciado una nueva subida de precios.


La Luz: La factura de la luz del mes de julio fue un 6,5% más cara que la de hace un año, es decir, que hemos pagado en los siete primeros meses del año casi 70 euros de media más que en 2016, según la Comisión Nacional de Competencia. El problema no parece que vaya a ir a mejor, y agosto no será un mes de buenas noticias. Según parece, la subida del precio de la luz viene de la sequía de los pantanos, pues la energía hidráulica suele abaratar la electricidad. De hecho, a principios de año Facua ya advirtió que 2017 empezaba con mal pie. La factura de la luz del usuario medio de comienzos de enero fue la segunda más cara de la historia. Así, con las tarifas de los primeros quince días del año, un usuario medio pagaría 84,16 euros mensuales.

Cuidado al repostar: También se ha notado estos días el precio de la gasolina. Según informa Europa Press,los precios del gasóleo y de la gasolina han repuntado esta semana hasta más de un 0,6%, con lo que encadenan dos semanas de subidas y alcanzan su nivel más alto en lo que va de verano.

Subidas en Movistar: Los usuarios de las tarifas más completas de Movistar Fusión tienen motivos para estar enfadados con su operadora. Una vez más, y ya van cinco en lo que va de año, la operadora hace un cambio en sus tarifas combinadas para elevar su precio a cambio de más volumen de datos.

Fuente: Expansión